A partir del 1 de enero de 2023, todas las personas y entidades que posean criptomonedas estarán obligadas a declararlas en su declaración de la renta. Esta nueva regulación recogida en el borrador del Real Decreto que desarrollará la Ley Antifraude, también afectará a las criptomonedas que se encuentren en el extranjero. ¿Cómo se debe declarar y qué modelos se utilizarán? Te lo contamos a continuación.

Declaración de criptomonedas en el extranjero

La declaración de las criptomonedas en el extranjero será anual y en el caso de que los titulares de criptoactivos estén en el extranjero, la declaración deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente. Están exentos de realizar esta declaración aquellas personas que posean monedas virtuales por un valor conjunto máximo de 50.000 euros. Además, a partir del siguiente año, la declaración solo será obligatoria si el incremento es superior a 20.000 euros desde la última declaración.

Para saber si alguna de estas monedas está o no en el extranjero, se considerará que los activos están en el extranjero cuando la persona, entidad o establecimiento permanente que las custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir dichas monedas no estuviera obligado a presentar la declaración en España del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Información necesaria para declarar criptomonedas en el extranjero

Para declarar las criptomonedas en el extranjero, se deberá incluir la siguiente información:

  • Datos del declarante: el NIF, nombre completo o razón social, número de teléfono y dirección.
  • Información de la persona o entidad que proporciona los servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
  • El código del país de residencia fiscal del sujeto o entidad en cuestión y el código del país de la persona que proporciona los servicios que salvaguarda.
  • El nombre del municipio en el que se encuentra el domicilio, así como el nombre de la vía pública, el número en el que está la sede o residencia y el código postal.
  • La clave pública vinculada a la moneda virtual objeto de declaración. Esta clave identifica el monedero electrónico del declarante en el que se encuentra la moneda virtual informada.
  • El tipo de moneda virtual situada en el extranjero.
  • El número de monedas virtuales que se tenían al inicio del ejercicio, las recibidas, las enviadas y el número final (correspondientes al saldo declarado a 31 de diciembre).
  • El valor de la criptomoneda situada en el extranjero, en euros.
  • La cotización, el saldo a 31 de diciembre, el origen de la divisa, la fecha de registro inicial en la plataforma y la fecha de fin de la condición de declarante.

Cómo declarar criptomonedas en España

En España, la Agencia Tributaria ha establecido dos modelos que se usarán para declarar las operaciones con criptomonedas en el país: los modelos 172 y 173. Ambos modelos tendrán que presentarse en enero con los saldos y operaciones que se hayan registrado hasta el 31 de diciembre del año anterior.

El proceso de presentación será 100% telemático y se deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • Los impuestos que hay que pagar por los beneficios obtenidos.
  • La obligatoriedad de declarar en la renta las ganancias y cualquier otra operación, como la venta.
  • Si al vender criptomonedas se tiene pérdida, se puede ser compensado con hasta un 25% con ganancias de transmisiones o rendimientos de capital.

Tanto el declarante como el declarado deberán dejar constancia de su identificación fiscal, la clave o dirección pública con la que se identifica el monedero electrónico del declarado, el tipo de moneda virtual, el número de unidades al inicio y al final del periodo concreto, el valor de los criptoactivos y el saldo a 31 de diciembre incluido en la clave pública.

La criptomoneda como vehículo de inversión

Las criptodivisas abren un escenario alternativo, apoyándose en los avances de la tecnología. Esta obligación de declarar criptomonedas en España es el primer paso del control para evitar posibles actuaciones ilícitas. Por ello es importante tener en cuenta todos los requisitos para evitar problemas posteriores.

En resumen, a partir del 1 de enero de 2023, las criptomonedas deberán ser declaradas tanto en España como en el extranjero. Es importante conocer los modelos que se utilizarán y la información necesaria para realizar la declaración correctamente y evitar problemas futuros. Las criptodivisas son una alternativa financiera en alza, pero es necesario cumplir con las obligaciones tributarias establecidas por la normativa vigente.